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Accesibilidad
Inversión Regional

Qué se puede financiar

El Gobierno Regional de Arica y Parinacota, a través del Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR -, puede financiar las siguientes iniciativas:

  • Subtítulo 24 Transferencias corrientes:  son aportes en dinero que el Gobierno Regional entrega a otras instituciones para apoyar sus actividades y funcionamiento, sin que exista una compra directa de bienes o servicios.

A través del Subtítulo 24 se pueden financiar, entre otras, las siguientes iniciativas:
  • Actividades y programas sociales, como talleres, apoyo comunitario, acciones de inclusión o promoción de derechos.
  • Proyectos culturales y patrimoniales, por ejemplo festivales, encuentros artísticos, talleres culturales o rescate de la identidad local.
  • Iniciativas deportivas y recreativas, como campeonatos, escuelas deportivas, actividades masivas o procesos formativos.
  • Acciones de seguridad ciudadana y prevención, tales como campañas, capacitaciones y proyectos comunitarios vinculados a la seguridad.
  • Gastos operativos asociados a la ejecución de proyectos financiados por el Gobierno Regional (materiales, difusión, arriendos, servicios necesarios para realizar las actividades).

Estos recursos pueden ser transferidos a:
  • Municipalidades y otros organismos públicos que ejecuten proyectos de beneficio regional.
  • Organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro, como juntas de vecinos, organizaciones comunitarias, clubes deportivos, organizaciones culturales, fundaciones y corporaciones, entre otras.

Los recursos del Subtítulo 24 deben destinarse exclusivamente a los fines definidos en el proyecto aprobado y en la resolución que otorga el financiamiento. Toda transferencia se rige por la normativa vigente y por las bases o instructivos que aprueba el Gobierno Regional y el Consejo Regional. Las instituciones que reciben estos fondos deben rendir cuentas del uso de los recursos, de acuerdo con los plazos y requisitos establecidos.


  • Subtítulo 29 Adquisición de Activos no Financieros: corresponde a recursos de inversión, es decir, dineros destinados a comprar bienes o financiar obras que mejoran de manera duradera la infraestructura y el equipamiento de la región.

A través del Subtítulo 29 se pueden financiar, entre otras, las siguientes iniciativas:
  • Obras de infraestructura de uso público, como sedes sociales, multicanchas, mejoras de espacios públicos, recintos deportivos, centros comunitarios o instalaciones culturales.
  • Equipamiento comunitario, por ejemplo mobiliario para sedes, implementación deportiva, equipamiento para centros culturales, juntas de vecinos u otras organizaciones sociales.
  • Equipamiento para servicios públicos o municipales, cuando estos proyectos han sido priorizados por el Gobierno Regional para mejorar la atención a la comunidad.
  • Mejoras y ampliaciones de infraestructura existente, como reparaciones mayores, ampliaciones de recintos comunitarios o adecuaciones para accesibilidad universal.

El objetivo del Subtítulo 29 del Programa 02 es fortalecer la infraestructura y el equipamiento que usan las personas y organizaciones de la región, de manera que se creen mejores condiciones para el desarrollo social, cultural, deportivo, productivo y comunitario.


  • Subtítulo 31 Iniciativas de Inversión: corresponde a recursos destinados a iniciativas complementarias de inversión, que permiten completar o mejorar proyectos regionales ya financiados, o apoyar acciones especiales asociadas a la inversión.

A través del Subtítulo 31 se pueden financiar, entre otras, las siguientes acciones:
  • Complementos necesarios para que un proyecto de inversión ya aprobado pueda ejecutarse de manera adecuada (por ejemplo, ajustes técnicos, obras menores asociadas o partidas que no estaban consideradas originalmente).
  • Iniciativas especiales vinculadas a la puesta en marcha de proyectos de inversión, como habilitaciones, mejoras o adecuaciones requeridas para que la comunidad pueda utilizar la infraestructura financiada.
  • Acciones de apoyo a programas de inversión regional que, por su naturaleza, no se clasifican como gasto corriente, pero tampoco corresponden a la construcción de una obra principal nueva.

El objetivo del Subtítulo 31 del Programa 02 es asegurar que los proyectos de inversión regional funcionen de forma completa y adecuada, permitiendo financiar elementos complementarios que mejoran su calidad, utilidad y sostenibilidad en el tiempo.


  • Subtítulo 33 Transferencias de Capital: corresponde a recursos de inversión en infraestructura y obras públicas de mayor envergadura, que buscan mejorar de forma estructural la región y la calidad de vida de sus habitantes.

A través del Subtítulo 33 se pueden financiar, entre otras, las siguientes iniciativas:
  • Grandes obras de infraestructura regional, como construcción o mejoramiento de caminos, puentes, sistemas de agua potable rural, saneamiento, proyectos de conectividad y obras de protección.
  • Infraestructura comunitaria de mayor escala, por ejemplo centros deportivos, centros culturales, recintos de salud o educativos de nivel regional, mercados, terminales u otros espacios públicos relevantes para varias comunas.
  • Proyectos estratégicos para el desarrollo regional, como polos de desarrollo productivo, infraestructura turística, obras para la resiliencia frente a desastres naturales o proyectos que mejoren la integración territorial.

El objetivo del Subtítulo 33 del Programa 02 es impulsar proyectos de inversión que tengan un impacto profundo y duradero en el territorio, contribuyendo al desarrollo económico, social y ambiental de la región.


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